El 26 de agosto de 2026, el Presidente Luis Abinader firmó el Decreto 601‑26, que aprueba el Reglamento para la Supervisión del Béisbol Profesional y Recreativo y de las Academias, Ligas y Programas de Desarrollo en la República Dominicana.

Registro Nacional del Sistema de Béisbol

El decreto crea un Registro Nacional que agrupará toda la información sobre ligas, equipos, jugadores y academias, con el objetivo de garantizar transparencia y seguimiento de la actividad deportiva.

Estructura de supervisión

La Dirección del Comisionado Nacional de Béisbol, órgano desconcentrado del Ministerio de Deportes y Recreación, asumirá la autoridad competente. Se establece una Dirección Ejecutiva y dos áreas sustantivas: Técnica y Regulación.

Ámbito de aplicación

El reglamento regula la operación de ligas, equipos, jugadores, academias, agencias de representación, entrenadores, árbitros y scouts. Asimismo, incluye disposiciones específicas para la protección de menores, la integridad deportiva, la transparencia y la prevención del dopaje.

Entrada en vigor

El Decreto 601‑26 entró en vigencia con su publicación en la Gaceta Oficial, marcando un hito en la gestión del deporte más popular del país.

Este nuevo marco regulatorio busca mejorar la calidad y la confianza en el béisbol dominicano, afectando a todos los actores de la industria y a los futuros talentos del país.